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Sexting: una práctica riesgosa

Su nombre es un acrónimo de ‘sex’ o sexo y ‘texting’ o escribir mensajes. El sexting consiste en enviar mensajes, fotos o vIdeos de contenido erótico y sexual personal a través del móvil mediante aplicaciones de mensajería instantánea o redes sociales, correos electrónicos u otro tipo de herramienta de comunicación.

En nuestra sociedad, el sexting empieza a ser un término cada vez más habitual. No es un problema de seguridad en sí mismo, sino una práctica de riesgo ya que, una vez enviados estos contenidos, pueden ser utilizados de forma dañina por los demás.

Características el sexting

  • Voluntariedad. Los mensajes, imágenes y videos son creados conscientemente por sus protagonistas y enviados inicialmente por ellos mismos a otras personas.
  • Carácter sexual. Los contenidos tienen una clara connotación sexual: desnudez o semi-desnudez, así como muestra o descripción de actividades sexuales.
  • Uso de dispositivos tecnológicos. Lo más habitual es que utilicen su teléfono inteligente, pero también puede realizarse usando la cámara de la tableta o el ordenador portátil. En caso de realizarse durante una videollamada o una sesión de chat con webcam se denominaría sexcasting.

Prevención y fomento del uso seguro en niños y adolescentes

  • Concienciar y promover el cuidado de la privacidad a los hijos. Es necesario hacerlos partícipes de las implicaciones y riesgos que supone no proteger la privacidad, tanto en la actualidad como de cara al futuro, mostrando las consecuencias de forma que comprendan lo que está en juego.
  • Sensibilizar a los menores de la peligrosidad de esta práctica, tanto como protagonistas de los contenidos (para valorar si quieren tomar parte), como receptores (para que respeten la confianza otorgada, la privacidad e intimidad de la otra persona).
  • Promover una autoestima saludable en los hijos para que aprendan a valorarse a sí mismos y no dependan de la opinión de los demás.
  • Configurar correctamente los dispositivos y aplicaciones para evitar perder el control de la información que guardan, haciendo un uso correcto de contraseñas de acceso y almacenando la menor cantidad posible de contenidos de riesgo.
  • Mantener la comunicación familiar sobre estas problemáticas. Esta confianza ayudará a una resolución rápida de los problemas e incluso a evitar que lleguen a producirse.

Consecuencias legales

El Congreso de Ciudad de México aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para castigar la violencia sexual digital, que establecen penas de hasta seis años de cárcel para quien comparta imágenes íntimas de otra persona sin su consentimiento.

La Ley Olimpia, llamada así por el nombre de la activista del estado de Puebla que inició la lucha a nivel nacional, tipifica como delito contra la intimidad sexual grabar, fotografiar y difundir imágenes o mensajes “de contenido sexual íntimo” de otra persona “sin su consentimiento o mediante engaños”.

Fuentes:

https://www.is4k.es/necesitas-saber/sexting

https://www.elmundo.es/vida-sana/sexo/2018/07/20/5b50b3eb468aeb2a7d8b464e.html

https://www.elperiodico.com/es/internacional/20191204/cdmx-ley-olimpia-violencia-sexual-digital-7761763